Se publicó hoy en el Boletín Oficial el decreto por el cual se modifica el esquema ministerial en la Provincia
Con la publicación de hoy del Boletín Oficial del DTO-2026-68-E–GER-GOB titulado “Refuncionalización de la Organización Ministerial”; el Ejecutivo provincial ejecutó los cambios en distintas carteras de gestión dispuestas por el gobernador Rogelio Frigerio.
El gobierno provincial realizó cambio en nominaciones Ministeriales y reasignó funciones a varias dependencias oficiales.
La decisión fue adoptada teniendo en cuenta que ha transcurrido “una primera etapa de gestión”, por la cual se considera conveniente y oportuno efectuar nuevas adecuaciones en la organización ministerial, a fin de optimizar la asignación de funciones, fortalecer la coherencia funcional entre las políticas públicas y mejorar la eficiencia en la gestión administrativa”, tal como se lee en el decreto de marras.
De acuerdo al artículo 1°, los Ministerios de Hacienda y Finanzas y de Planeamiento, Infraestructura y Servicios, pasarán a llamarse “Ministerio de Economía y Servicios Públicos y Ministerio de Planeamiento e Infraestructura”, respectivamente.
En el artículo 2 se ubica a la Secretaría de Transporte y la Secretaria de Energía bajo la órbita del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
El artículo 3 establece que la Secretaría de Modernización -dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, pasará a denominarse Secretaría de Modernización, Ciencia, Tecnología e Innovación, absorbiendo las competencias y estructura de la Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación. Y se suprime el cargo de Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación.
A través del artículo 4 se escinde la Secretaría de Industria, Comercio y Minería del Ministerio de Desarrollo Económico, y quedará conformadas como Secretaría de Industria y Secretaría de Comercio, Minería y Desarrollo Emprendedor.
El artículo 5 suprime la Secretaría de Desarrollo Productivo y Emprendedor del Ministerio de Desarrollo Económico, cuyas competencias ahora serán ejercidas por la Secretaría de Comercio, Minería y Desarrollo Emprendedor, que depende del Ministerio de Desarrollo Económico.
A su vez, a través del artículo 6 se convierte la Dirección General de Mantenimiento de Casa de Gobierno -que dependiente de la Secretaría General de la Gobernación- en Coordinación de Mantenimiento de Casa de Gobierno, a la vez que se la hace depende de la Dirección General Intendencia y Servicios, que pertenece al Ministerio de Planeamiento e Infraestructura.
El artículo 7 crea en el ámbito de la Gobernación la “Coordinación Operativa de la Oficina del Gobernador”, y se aclara que “tendrá como misión, asistir de manera directa al Gobernador de la Provincia, garantizando el adecuado funcionamiento de su agenda institucional y la articulación operativa de sus actividades”.
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El artículo 8 unifica la Dirección General de Economía Social y la Dirección de Políticas Comunitarias y Territoriales -dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano-, la que pasará a denominarse Dirección General de Economía Social y Políticas Comunitarias.
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El artículo 9 dispone que Compañía Entrerriana de Gas SA (CEGSA) y la empresa Energía se Entre Ríos SA (ENERSA), se relacionarán con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Economía y Servicios Públicos.
El artículo 10 confirma que “los organismos reubicados o modificados por el presente Decreto mantendrán, en sus respectivas jurisdicciones, las Direcciones, Coordinaciones, Áreas y demás estructuras orgánicas inferiores actualmente dependientes, las que se considerarán automáticamente transferidas”.
Fuente: analisisdigital.com.ar
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