El Gobierno Provincial respaldó la caza deportiva menor
El decreto fue publicado en el Boletín Oficial de Entre Ríos, al que APFDigital tuvo acceso. Expertos confirman que no hay riesgo poblacional para las especies habilitadas. La actividad está prohibida en áreas protegidas, la vigencia comenzó el 10 de mayo y finalizará el 23 de agosto de este año.
El decreto de la Dirección de Recursos Naturales y Fiscalización de Entre Ríos confirmó la apertura de la temporada de caza deportiva menor para el año 2024 y fue promulgado a través del Boletín Oficial de la Provincia Nº 27.855, al que esta Agencia accedió, que fue publicado el lunes 20 de mayo de 2024.
Esta decisión se basa en un exhaustivo estudio realizado por expertos en el marco del "Relevamiento de Abundancia de Patos 2023", el cual concluyó que no existe riesgo poblacional para las especies habilitadas.
El informe, presentado en una audiencia pública llevada a cabo en la ciudad de La Paz el 25 de abril de 2024, detalla los resultados obtenidos a partir de estudios sistemáticos de la abundancia de 14 especies de anátidos.
Según el estudio, las poblaciones de aves no se ven afectadas por la actividad cinegética, lo que respalda la decisión de mantener los niveles de caza históricos para el año en curso.
Los datos recopilados en el relevamiento muestran variaciones en la abundancia de las especies entre años y departamentos, pero no evidencian impactos significativos en su estado de conservación.
Además, el estudio subraya la importancia de mantener una consistencia metodológica en la recolección y análisis de datos para facilitar la toma de decisiones estructuradas en el tiempo.
La apertura de la temporada de caza deportiva menor no solo se fundamenta en el estudio mencionado, sino también en la valoración de normativas nacionales e internacionales relacionadas con la conservación de la fauna silvestre.
Se han tenido en cuenta convenios como la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres y la Convención de Ramsar, entre otros.
Asimismo, se destaca el rol del turismo cinegético en la economía local y nacional, generando importantes ingresos económicos y contribuyendo al desarrollo socioeconómico de las regiones donde se practica.
Esta actividad, regulada por la Secretaría de Turismo de la provincia, representa una oportunidad de empleo y desarrollo económico en áreas rurales.
Para garantizar la sostenibilidad y el cuidado del medio ambiente, se implementarán medidas de control, como la sustitución gradual del plomo en las municiones utilizadas en actividades cinegéticas.
Además, se respetarán las áreas especialmente protegidas, como los Sitios Ramsar y las Áreas Naturales Protegidas, donde queda prohibida la caza.
En resumen, la decisión de habilitar la temporada de caza deportiva menor 2024 en Entre Ríos se basa en evidencia científica sólida, que respalda la conservación y el uso responsable de los recursos naturales.
Con un enfoque en la gestión adaptativa y el seguimiento continuo, se busca asegurar el equilibrio entre la práctica cinegética y la preservación de la biodiversidad en la región.
¿Cuáles son las especies que se pueden cazar?
Los animales que pueden ser cazados son los sigueintes:
Pato picazo (Netta peposaca); Pato Barcino (Anas flavirostris); Pato sirirí pampa (Dendrocygna viduata); Pato siriri bicolor (Dendrocygna bicolor); Pato cutiri (Amazonetta brasiliensis); Pato maicero (Anas georgica); Pato collar (Callonetta leucophrys); Pato capuchino (Spatula versicolor); Perdiz Chica (Nothura maculosa); Liebre (Lepus europaeus).
Es obligatorio para la presente temporada el uso de la Hoja de Ruta para el Cazador deportivo como herramienta de respaldo en todo acto de esta actividad.
Cabe destacar la cantidad de animales que pueden llegar a ser cazados: 20 patos, ocho perdices chichas y cuatro liebres.
“En caso de ser necesario ante un evento desfavorable (mortandad sincicial- migracion) de estas especies deberán ajustarse las normas de Bioseguridad establecidas por los organismos de competencia”, enunció el decreto.
Fuente: APFDigital
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