Reclamo por excedentes de Salto Grande: Procuración dictaminó la competencia de la Corte

La Procuración General de la Nación, dictaminó la competencia de la Corte Suprema de Justicia en el reclamo de Entre Ríos por los excedentes de Salto Grande. Según el dictamen de la fiscal Laura Mercedes Monti, fechado este lunes 13 de mayo, el órgano judicial más alto del país debe definir si al Gobierno nacional le corresponde pagar a la provincia unos $2.100.000.000 y los intereses por la generación de energía en Salto Grande, según el fallo al que accedió ANÁLISIS.





La deuda que reclama la provincia es imputable al tercer y cuarto trimestre de 2023 y los meses de enero y febrero de 2024. 

En la resolución de la Procuración se recuerda que “mediante la ley 13.213, del 12 de abril de 1948, se aprobó el convenio argentino-uruguayo relativo al aprovechamiento de los rápidos del río Uruguay, en la zona de Salto Grande.

El 5 de febrero de 1998, continua, el Estado Nacional y las provincias de Entre Ríos y Corrientes celebraron una acta-acuerdo, mediante la cual las jurisdicciones locales se comprometieron a conformar un “Fondo Especial Salto Grande” destinado a la ejecución de obras complementarias estipuladas en el mencionado convenio internacional y aquellas que tengan por objeto mitigar los efectos negativos de la explotación del complejo, así como las que sean conducentes para el desarrollo regional”.

Más adelante se indica que “por medio de la ley 24.954, se estableció que los excedentes deben ser distribuidos según la siguiente proporción: el 67,5% para la Provincia de Entre Ríos, el 27,5% para la Provincia de Corrientes y, el 5% restante, para la Provincia de Misiones. 

También, agrega, se dispuso la “inoponibilidad” de toda otra norma contraria a la “viabilización de las Actas-Acuerdo” aprobada por esa ley y que toda variación al Convenio y el Protocolo Adicional de 1946 (y sus modificatorias), deberá ser aprobada por ley del Congreso Nacional”.





Fuente: Análisis

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