Advierten sobre la prohibición de comercialización de ciertas golosinas y productos de almacén

El Instituto de Control de la Alimentación y Bromatología (ICAB) lleva adelante acciones de control y seguimiento de los alimentos a fin de asegurar la calidad y la inocuidad de los productos que consumen los entrerrianos. Advierten sobre la prohibición de comercializar algunas golosinas y productos de almacen.






Esas estrategias, a su vez, son coordinadas y compartidas con otros organismos e Instituciones que persiguen los mismos objetivos para corroborar que, durante su producción, se aplicaron medidas de higiene que reducen el riesgo de que los alimentos se contaminen y provoquen problemas de salud a la población.


Por ese motivo, el ICAB está atento a las disposiciones publicadas por la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) a fin de alertar a la población cuando se detectan irregularidades.


En este sentido, en el Boletín Oficial del día 30 de julio de Anmat, fue publicada la Disposición 6806/2024 que prohíbe la comercialización y consumo de diversos productos alimenticios importados, que no cuentan con Registros de Establecimiento (R.N.E.) y Registro Nacional de Productos (R.N.P.A.), por lo cual circulan de manera ilegal.




Los productos, que pertenecen al rubro almacén y golosinas, son los siguientes:


- Mini gelatinas de diferentes sabores (frutas, manzana, mango, fresa, uva, piña), marca: Assorted - Shanggao.


- Mini gelatina sabor fruta (mango, uva, frutilla, manzana y piña), Dra. Looka', marca: Assorted.


- Barrita extruida (rellena con crema y bañada con cobertura sabor a chocolate) Golazo, marca: Ambrosoli.


- Extruidos de maíz (cubierto con chocolate) Grageas de chocolate, marca: Carlita.


- Pipocas de maíz (con sabor a mantequilla), marca: PI-PO-SAL.
- Caramelo blando de diferentes sabores (manzana, fresa, naranja, uva y piña), marca: Jennk.


- Caramelo duro (sabores frutilla, naranja, uva) Huevo Saurus Sorpresa, marca: Candy Loka; en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.


- Mezcla de harina de cereales extruidos (de maíz, arroz, cebada, quinua, kiwicha, trigo, avena con azúcar, sabor vainilla, canela, 7 semillas, Instantáneo) marca: Inca Sur.


- Ajo en polvo, Powder, marca: Sazón Korr.


- Sopa instantánea con fideos (sabor costilla de res, carne picante, pollo, gallina picante, Aji-no-men) marca: Ajinomoto.


- Sal de condimentos, Cúrcuma. Palillo Sazonado Amarillito, marca: Sibarita.


- Ají panca sin picante, Sal de condimentos, Sazonador, marca: Sibarita.
- Fideo fortificado, marca Famosa.


Las disposiciones y eventuales prohibiciones de Anmat, se activan cuando detecta que se transgrede la sanidad y calidad de los alimentos acondicionados, incluyendo los insumos específicos, aditivos, colorantes, edulcorantes e ingredientes utilizados en la alimentación humana, como también de los productos de uso doméstico y de los materiales en contacto con los alimentos.


De esta manera, el ICAB hace un llamado a la población para que, ante cualquier inquietud o consulta, comunicarse al mail: auditoria_interna_icab@entrerios.gov.ar o direccionicab@gmail.com.



Fuente: APFDigital

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