Organizaciones críticas a la modificación de la ley de juicio por jurados advirtieron que no fueron convocadas al debate en Diputados

APFDigital accedió a la nota que le envió el Instituto Derecho Penal, Procesal y Criminología del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos a la presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara Baja, señalando que no fueron convocados a la sesión fijada para el martes 13 cuando se debatirá la modificación del artículo 2 de la Ley de juicio por jurados. El Instituto tiene una posición crítica y se opone, junto a otras instituciones, a la reforma.




El Instituto Derecho Penal, Procesal y Criminología del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, que preside el abogado Miguel Cullen, elevó una nota a la presidenta de la Comisión de Asuntos Constitucionales, Juicio Político y Peticiones, Poderes y Reglamento de la Cámara de Diputados, Gabriela Lena, en la que señalaron que no fueron convocados a la reunión de la Comisión, programada para el martes 13, donde se tratará el proyecto de reforma del artículo 2 de la Ley de Juicio por Jurados.


La nota, a la que accedió esta Agencia lleva la firma de Cullen y del secretario del Instituto, José Velázquez, precisa: 


“Hemos presentado conjuntamente con Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales ( Inecip), Asociación Vidaer, Asociación Pensamiento Penal (APP) y la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (AAJJ) una nota de conocimiento expresando nuestra profunda preocupación por el proyecto de ley mediante el cual se busca restringir de manera abiertamente inconstitucional la competencia del juicio por jurados modificando el artículo 2 de la ley 10.746”.


Ante el claro posicionamiento, señalaron que “sin embargo, hemos observado que en la comunicación oficial que convoca la Comisión de Asuntos Constitucionales, Juico Político y Peticiones, Poderes y Reglamento para este martes 13 de agosto, donde se tratará justamente la modificación del artículo 2 de la ley 10.746, no hemos sido invitados”.


Así, manifestaron: “Entendemos que estas entidades, todas ellas, deben ser escuchadas en el marco del compromiso real de tener mejores instituciones. Asimismo, proponemos en caso de que vuestra Comisión tenga una agenda apretada y disponga de escaso tiempo, fijar una nueva fecha para exponer nuestros puntos de vista”. 


Finalmente se manifestaron por “el derechos a ser oídos por nuestros representantes en el marco democrático indica madurez y respeto por la opinión del otro, a pesar de ser distinta”.


La posición


La nota a que presentaron el Instituto, Vidaer, APP y AAJJ, elevada a la Cámara Baja provincial, sostuvo que la “profunda preocupación por el proyecto de ley mediante el cual se busca restringir de manera abiertamente inconstitucional la competencia del juicio por jurados (Expediente Nº 27259), modificando el artículo 2 de la Ley 10.746”.


Cuestionaron que “la propuesta, originada en un sector minoritario del Poder Judicial, es flagrantemente inconstitucional, ya que limita el derecho de la ciudadanía a participar en la administración de justicia penal que reconoció la CSJN en el fallo Canales (2019) y porque afecta el derecho de víctimas e imputados a ser juzgados por los jueces naturales establecidos por la Constitución Nacional: los jurados populares”.


Asimismo recordó que “el artículo 118 de la Carta Magna es claro: una vez establecidos los juicios por jurados, todos los juicios criminales deben ser terminados bajo esa modalidad y queda prohibido que lo hagan jueces técnicos”. 


En este sentido se sostuvo que “de este modo, la Constitución estableció, en palabras de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, ‘un modelo institucional de administración de justicia que expresa la participación del pueblo en la administración de justicia penal’. 


Una vez que ésta cláusula constitucional se activa, el jurado popular asume la condición de ‘juez natural’, y no puede ser restringido bajo ninguna circunstancia ni excusa sin violar la Constitución”.



Fuente: APFDigital

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