Volverá a ser tratado en comisiones el proyecto del Gobierno que crea el Régimen General de Compre Provincial
El proyecto del Poder Ejecutivo ingresó a la Cámara de Diputados en julio de 2025. Volverá a ser abordado el miércoles 6 de mayo en las comisiones de Legislación General y de Comercio, Industria y Producción, tras abordajes previos que se extendieron hasta abril de este año. Alcanza a las distintas contrataciones de bienes y servicios y de obras públicas y excluye las obras públicas viales.
El miércoles 6 desde las 17:30 las comisiones de Legislación General y de Comercio, Industria y Producción, volverán a abordar el proyecto de ley que ingresó el Poder Ejecutivo a la Cámara de Diputados el 30 de julio de 2025 y tiene por objeto “establecer el Régimen General de Compre Provincial, destinado a promover un ecosistema empresarial local competitivo, innovador y sostenible, que fortalezca la actividad productiva, la generación de empleo, el desarrollo territorial y la innovación tecnológica en la Provincia de Entre Ríos”.
Según se fundamentó, la finalidad de la norma es “impulsar, proteger y fortalecer a las empresas y proveedores radicados en la Provincia de Entre Ríos; estimular la generación de empleo genuino y el desarrollo territorial equilibrado; incentivar la innovación tecnológica y la transferencia de conocimiento; promover cadenas de valor provinciales y regionales; favorecer la formación de recursos humanos calificados; estimular el consumo de bienes y servicios locales con estándares de calidad y sostenibilidad; integrar la perspectiva ambiental y de sustentabilidad en las compras públicas”.
Entre los alcances y exclusiones que propone el proyecto se precisó que quedarán “alcanzados por esta ley la Administración Pública Provincial centralizada y descentralizada, sus organismos autárquicos, entes, empresas y sociedades con participación estatal, cualquiera sea su naturaleza jurídica, en las distintas contrataciones de bienes y/o servicios y de obras públicas que realicen”. También establece que “quedan excluidos del alcance de la presente ley, las contrataciones referentes a obras públicas viales”.
También define qué se considera “Empresa Compre del Estado Provincial”. Así, definió que “a los fines de esta ley, se considerará empresa beneficiaria del Compre Provincial a aquellas que: a) Se encuentren legalmente constituida en la Provincia de Entre Ríos, conforme su domicilio estatutario o real; b) Acredite una radicación efectiva no inferior a tres (3) años en el territorio provincial; c) Las Uniones Transitorias (UT) podrán acceder proporcionalmente a los beneficios del régimen cuando al menos el 51% del capital esté compuesto por empresas calificadas como entrerrianas”. También determina que “las restantes empresas que conformen la UT, deberán tener una antigüedad mínima de cinco años de existencia.
El proyecto del Ejecutivo exige que aquellas “se encuentren inscriptas ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) y la administración municipal correspondiente, con certificación de libre deuda impositiva expedida por ATER, al momento de inscribirse en los registros y al disponerse la adjudicación. d) Se encuentren inscriptas y posean constancia de inscripción actualizada en el Registro Provincial de Proveedores y Contratistas y/o Registro Provincial de Contratistas de Obras y Servicios y Variaciones de Costos”.
Fuente: APFDigital
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