La Justicia declaró inconstitucionales los aumentos por decreto del Gobierno y el Senado
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Paraná declaró inconstitucionales los aumentos salariales "no remunerativos" otorgados por decreto por el Poder Ejecutivo y el Senado de Entre Ríos en febrero y mayo de 2026.
El tribunal integrado por los jueces Marcelo Baridón, Aranzazú Quiroga y Adriana Acevedo concluyó que otorgar sumas fijas sin realizar aportes vulnera de forma directa el artículo 82 de la Constitución Provincial y perjudica el sistema previsional.
La demanda fue impulsada por un grupo de 64 jubilados y pensionados provinciales.
Los demandantes señalaron que los incrementos unilaterales del 15,8% fijados tras el cierre de las paritarias redujeron ilegalmente los haberes que les correspondía percibir.
El fallo remarcó que la naturaleza de un salario depende de su función objetiva de retribuir un trabajo y no de la denominación presupuestaria que el Gobierno decida imponerle para evitar cargas fiscales.
Al evadir las transferencias a la Caja de Jubilaciones y a la Obra Social de Entre Ríos (IOSPER), el Estado provincial afectó con gravedad los principios de proporcionalidad y movilidad jubilatoria, violando el derecho de propiedad de los pasivos.
Por este motivo, la Justicia otorgó al Gobierno de Entre Ríos un plazo de 30 días hábiles para transferir los fondos faltantes a la Caja de Jubilaciones.
De igual manera, ordenó al organismo previsional liquidar de forma inmediata el dinero correspondiente a los demandantes hasta alcanzar el 82% móvil para jubilados y el 75% para pensionados, equiparándolos con el personal en actividad.
Fuente: Banco de Datos /Poder Judicial de Entre Ríos.
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